Los Destinos Aduaneros
Toda mercancía al llegar a la instancia de control aduanero concurrente se ve obligadas a declarar su destino aduanero para poder ser legalmente admitidas en el territorio nacional, se consideran destinos aduaneros a:
- La destrucción
- El abandono
- El ingreso a un régimen Aduanero
- El ingreso a una zona especial de desarrollo económico ZEDE
Por lo general, se puede pensar que una mercancía solo y exclusivamente ingresa mediante los regímenes aduaneros, sin embargo por problemas que se pueden presentar en la operativa en la aplicación de los mismos obliga al importador a definir el destino de sus mercancías como de destrucción o abandono de las mismas.
Cuando los productos derivados de los procesos de destrucción posean algún valor residual, y pretendan ser utilizados para cualquier efecto dentro del territorio nacional, deberán previamente someterse al proceso de cambio de destino, que de tratarse del régimen de importación para el consumo deberá pagar los tributos correspondientes al producto derivado del proceso de destrucción, sobre su valor de mercado, y cumpliendo con todos los requisitos y formalidades exigidos para el efecto.
El operador económico, el exportador e importador, en el momento de exportar o importar sus mercancías, puede realizarlo bajo una serie de posibilidades, que en todo caso estarán marcadas por la característica de la operación y las necesidades de la empresa.
La clasificación de los destinos aduaneros es la siguiente:
a) la inclusión de las mercancías en un régimen aduanero,
b) su introducción en una zona franca o en un depósito franco,
c) su reexportación fuera del territorio aduanero de la Comunidad,
d) su destrucción,
e) su abandono en beneficio del erario;
A su vez, los regímenes aduaneros se dividen en:
a) el despacho a libre práctica
b) el tránsito
c) el depósito aduanero
d) el perfeccionamiento activo
e) la transformación bajo control aduanero
f) la importación temporal
g) el perfeccionamiento pasivo
h) la exportación
La clasificación de los destinos aduaneros es la siguiente:
a) la inclusión de las mercancías en un régimen aduanero,
b) su introducción en una zona franca o en un depósito franco,
c) su reexportación fuera del territorio aduanero de la Comunidad,
d) su destrucción,
e) su abandono en beneficio del erario;
A su vez, los regímenes aduaneros se dividen en:
a) el despacho a libre práctica
b) el tránsito
c) el depósito aduanero
d) el perfeccionamiento activo
e) la transformación bajo control aduanero
f) la importación temporal
g) el perfeccionamiento pasivo
h) la exportación
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